Regl. 8899, art. 2

BASE LEGAL

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Cite as Reglamento Núm. 8899, Art. 2

Constituyen la base legal para este Reglamento, el Artículo 3 y sus incisos (b) y (r) de la Ley del Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico, Número 22, del 24 de julio de 1985, según enmendada (Ley 22), la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme, Número 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada. Además, el Artículo 4 de la "Ley de Préstamos y Garantía para el Establecimiento de Centros de Cuidado Diurno para Niños y Personas de Edad Avanzada, Centros de Actividades Múltiples para Personas de Edad Avanzada e Instituciones de Cuidado de Larga Duración, así como y para Establecer el Fondo Rotativo para la Autogestión en Comunidades Especiales y de las Mujeres en Desventaja Económica", Número 212 del 29 de agosto del 2000, según enmendada por la Ley 265 del 9 de septiembre de 2004 (Ley 212).
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