Regl. 8901, art. 7.12

SOLICITUD DE VISTA ADMINISTRATIVA

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Cite as Reglamento Núm. 8901, Art. 7.12

La persona afectada, de no estar satisfecha con la determinación del funcionario o representante, podrá solicitar una Vista Administrativa dentro de los diez (10) días calendarios siguientes a la fecha de envío de la notificación de la determinación. Dicha solicitud se debe presentar por escrito, ya sea personalmente, por correo o por cualquier otro medio autorizado por la Autoridad en la dirección indicada en la notificación sobre determinación de revisión, según se menciona en el Artículo anterior, y a la atención de la Secretaría de Vistas Administrativas.
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