Regl. 8901, art. 8.05
PROCEDIMIENTOS JUDICIALES Y ADMINISTRATIVOS
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Cite as Reglamento NĂºm. 8901, Art. 8.05
La Autoridad podrĂ¡ imponer Ă³rdenes de cese y desista, de mostrar causa y cualesquiera
otros de naturaleza administrativa para hacer efectivo las disposiciones de este
Reglamento. AdemĂ¡s, el Presidente Ejecutivo podrĂ¡ instar, a nombre y en
representaciĂ³n de la Autoridad, recursos de interdictos, embargos, Ă³rdenes de cese y
desista, y cualesquiera otros de naturaleza judicial procedentes en ley para hacer
efectivo las disposiciones de este Reglamento.