Regl. 8901, art. 8.12 dup2

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Cite as Reglamento Núm. 8901, Art. 8.12 dup2

Este Reglamento, adoptado y aprobado por la Junta de Gobierno de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados mediante Resolución Núm. 3013 de 27 de diciembre de 2016, según requerido por la Ley Núm. 40 de 1 de mayo de 1945, según enmendada, entrará en vigor treinta (30) días después de su radicación ante el Departamento de Estado, de conformidad con la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como: "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme". /Fdo./ Leda. Maricarmen Ramos de Szendrey Presidenta Mary Intering /Fdo./ Alberto M. Lázaro Castro, P.E., BCEE Presidente Ejecutivo Junta de Gobierno 43 Anejo Certificación de Resolución Núm. 3013 ANÁLISIS DE FLEXIBILIDAD EN VIRTUD DE LA LEY 454-2000, SEGÚN ENMENDADA, MEJOR CONOCIDA COMO LEY DE FLEXIBILIDAD ADMINISTRATIVA Y REGLAMENTARIA DE PEQUEÑOS NEGOCIOS PROPUESTO NUEVO REGLAMENTO SOBRE "EL USO DE LOS SERVICIOS DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO SANITARIO" PROVISTOS POR LA AUTORIDAD DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS DE PUERTO RICO; ENMIENDAS AL REGLAMENTO 6685 ("REGLAMENTO SOBRE LOS SERVICIOS DE AGUA Y ALCANTARILLADO"); Y DEROGACIÓN DEL REGLAMENTO 5129 ("CÓDIGO SOBRE TOMAS O DESCARGAS CLANDESTINAS, HURTO DE AGUA, MANIPULACIÓN DE CONTADORES U OTROS ACCESORIOS PROPIEDAD DE LA AUTORIDAD DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS") Tabla de Contenido 1.0 Propósito de Necesidad de Reglamento 1 2.0 Resumen de los asuntos significativos levantado por la opinión pública en respuesta al análisis inicial de flexibilidad reglamentaria, un resumen de la evaluación de la agencia a esos asuntos, y una declaración de los cambios establecidos en el reglamento como resultado de los comentarios; 2 3.0 Descripción y un número estimado de pequeñas entidades, a tenor con la definición de "pequeños negocios" establecido en la Ley 450-2000, a los que el reglamento aplicará 0 en su defecto, una explicación de por qué ese estimado no está disponible 4 4.0 Descripción de los informes, teneduría de libros y otros requisitos para cumplir con el reglamento, incluyendo un estimado de las clases de pequeñas entidades que estarán sujetas a los requisitos y el tipo de destreza técnica necesaria para la preparación del informe O registro 4 5.0 Descripción de los pasos que la agencia ha tomado para minimizar los impactos económicos significativos en pequeños negocios de acuerdo los objetivos de los estatutos aplicables, incluyendo una declaración de las razones de hechos legales y política pública para rechazar las otras alternativas que podrán afectar a éstas 5 6.0 Conclusión 5 Análisis de Flexibilidad Administrativa Reglamento sobre el Uso de los Servicios de Acueductos y Alcantarillado Sanitario Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico Página 1 de 5 1.0 Propósito de Necesidad de Reglamento La Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) propone promulgar un nuevo "Reglamento Sobre el Uso de los Servicios de Acueducto y de Alcantarillado Sanitario de Puerto Rico" (referido de aquí en adelante como el "Reglamento"). La promulgación del nuevo Reglamento tiene como propósito cumplir con las disposiciones de la Ley de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico, Ley Núm. 40 del 1 de mayo 1945, según enmendada, que exige la promulgación de un reglamento que facilite de manera ordenada la prestación de los servicios públicos de aplicación general para los cuales se creó la AAA; establecer medidas para proteger las fuentes de abasto de agua, las operaciones de tratamiento de aguas usadas y los sistemas de agua potable; salvaguardar la salud pública; y establecer los derechos y obligaciones de los clientes y usuarios de la AAA, del público en general, y de la AAA propia. Como parte de la promulgación del nuevo reglamento, la AAA propone derogar los Capítulos 6 y 7 del actual Reglamento 6685 ("Reglamento sobre los Servicios de Agua y Alcantarillado"); derogar el Reglamento 5129 ("Código Sobre Tomas O Descargas Clandestinas, Hurto de Agua, Manipulación de Contadores и Otros Accesorios Propiedad de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados"). Las enmiendas O cambios contenidos en el nuevo Reglamento se enfocan en consolidar en un solo reglamento todas las normas relacionadas a proveer los servicios de acueducto y alcantarillado sanitario, además de actualizar la regulación de tales servicios debido a una serie de cambios en las leyes que rigen ciertos procesos en la AAA y de directrices operacionales internas en la misma AAA. A su vez, la AAA propone cambios a varios renglones en los servicios de acueducto y alcantarillado sanitario que presta, incluyendo: Análisis de Flexibilidad Administrativa Reglamento sobre el Uso de los Servicios de Acueductos y Alcantarillado Sanitario Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico Página 2 de 5 1. Modificar el sistema de multas administrativas que emite la AAA por violaciones a los estatutos y requisitos del actual Reglamento 5129 2. Modificar el ajuste por "salidero oculto" a 100% del monto de los servicios de alcantarillado sanitario y eliminar el ajuste del 50% del abasto de agua 3. Incluir la potestad de la AAA para eliminar acometidas con dos años O más de desuso 4. Reglamentar los servicios temporeros para construcción y oficinas de proyectos de construcción 5. Reglamentar los "Centros de Llenado Municipal" 6. Establecer la diferencia entre fianza y depósito para el servicio de acueductos y alcantarillado sanitario 7. Establecer la medición y facturación independiente por el servicio de alcantarillado sanitario 8. Reglamentar los planes de pagos 9. Reglamentar los sistemas para riego 10. Reglamentar el servicio de agua a granel 11. Reorganizar en términos generales el Reglamento a tono con las enmiendas propuestas 2.0 Resumen de los asuntos significativos levantado por la opinión pública en respuesta al análisis inicial de flexibilidad reglamentaria, un resumen de la evaluación de la agencia a esos asuntos, y una declaración de los cambios establecidos en el reglamento como resultado de los comentarios La promulgación del nuevo Reglamento, así como la derogación de los Capítulos 6 y 7 del Reglamento 6685 y la derogación del Reglamento 5129 fue al amparo de la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1985, según enmendada conocido como Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme. Análisis de Flexibilidad Administrativa Reglamento sobre el Uso de los Servicios de Acueductos y Alcantarillado Sanitario Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico Página 3 de 5 La Ley 170 no requiere que se celebren vistas públicas para considerar enmiendas a reglamentos. Las agencias podrán discrecionalmente citar para vista pública, O vendrán obligados a realizarla si su ley orgánica u otra ley lo hacen mandatorio. Para la promulgación del nuevo Reglamento, la AAA llevó a cabo voluntariamente vistas públicas de modo que los ciudadanos O entidades públicas y privadas interesadas en el proceso, O potencialmente afectadas por las acciones propuestas, tuvieran la oportunidad de expresarlo verbalmente y/o por escrito. Las vistas públicas se llevaron a cabo los días 8 y 9 de septiembre de 2016 según programadas y notificadas en el anuncio público. Las vistas se llevaron a cabo en la sede del Colegio de Ingenieros y Agrimensores en San Juan de Puerto Rico. Durante la vista del 8 de septiembre de 2016 depusieron en conjunto tres (3) representantes de la Asociación de Constructores de Puerto Rico. El día 9 de septiembre depusieron brevemente en conjunto dos representantes de la agencia federal "Rural Development Administration" (Departamento de Agricultura Federal); así como la Sra. Monserrate Santiago, una ciudadana particular retirada de la AAA. No se sometieron ponencias escritas durante las audiencias. Posterior a las vistas, y dentro del término especificado en la Ley 170 y extendido por el Oficial Examinador, se recibieron ponencias escritas de las siguientes organizaciones 0 personas particulares: a. Licenciado José Feliciano, Director Ejecutivo de la Asociación de Constructores de Puerto Rico. b. Oficina de la Procuradora del Ciudadano del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. C. El Sr. Luis Castillo Guzmán, ciudadano particular y empleado de la AAA. Análisis de Flexibilidad Administrativa Reglamento sobre el Uso de los Servicios de Acueductos y Alcantarillado Sanitario Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico Página 4 de 5 El contenido del análisis y discusión de las ponencias orales y escritas presentadas antes descritas son discutidas en el Informe del Oficial Examinador. Se incluye como Anejo / a este escrito una transcripción de las porciones relevantes de dicho Informe donde se resumen los planteamientos traídos por el público en las referidas ponencias escritas y vistas públicas. 3.0 Descripción y un número estimado de pequeñas entidades, a tenor con la definición de "pequeños negocios" de la Ley 450-2000, a los que el reglamento aplicará 0 en su defecto, una explicación de por qué ese estimado no está disponible El Reglamento será de aplicación general a todo cliente y usuario, incluyendo los pequeños negocios que utilice los servicios de acueducto y alcantarillado sanitario que brinda la AAA. La AAA no cuenta con datos para determinar un estimado de cuántos pequeños negocios utilizan los servicios de la AAA, ya que ellos, de acuerdo a la estructura tarifaria de la AAA, son identificados como clientes industriales 0 comerciales, dependiendo la naturaleza del negocio. Sin embargo, la adopción del reglamento no conlleva un impacto significativo adverso a los pequeños negocios que reciben servicios de la AAA, por cuanto actualmente estos negocios se rigen por la Ley de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico y los reglamentos vigentes. 4.0 Descripción de los informes, teneduría de libros y otros requisitos para cumplir con el reglamento, incluyendo un estimado de las clases de pequeñas entidades que estarán sujetas a los requisitos y el tipo de destreza técnica necesaria para la preparación del informe O registro. El Reglamento no requiere a los pequeños negocios que reciben servicios de la AAA que preparen informes, O exigen cómo estos deben llevar sus libros y Análisis de Flexibilidad Administrativa Reglamento sobre el Uso de los Servicios de Acueductos y Alcantarillado Sanitario Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico Página 5 de 5 registros con relación a los servicios de acueductos y alcantarillados que reciben de la AAA. 5.0 Descripción de los pasos que la agencia ha tornado para minimizar los impactos económicos significativos en pequeños negocios de acuerdo a los objetivos de los estatutos aplicables, incluyendo una declaración de las razones de hechos legales y política pública para rechazar las otras alternativas que podrán afectar a éstas. Los requisitos exigidos en el Reglamento provienen de la consolidación de reglamentos vigentes, actualización de legislación O directrices administrativas, siendo de aplicación general a todo cliente y usuario de los servicios que brinda la AAA por lo que no tiene un impacto económico oneroso en particular en los pequeños negocios. El pequeño negocio, y cualquier otra persona O entidad, que interese los servicios de acueductos y alcantarillado que brinda la AAA estará sujeto a la estructura tarifaria vigente, cuya estructura no se modifica con este Reglamento, y a cumplir con los requisitos necesarios para recibir y mantener tales servicios. 6.0 Conclusión Las disposiciones del Reglamento cumplen con el propósito de atender efectivamente las regulaciones relacionadas al uso de los servicios de acueductos y alcantarillado sanitario que brinda la AAA de aplicación general en cumplimiento con la Ley de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico. Anejo de Análisis de Flexibilidad Administrativa Análisis de Flexibilidad Reglamento sobre el Uso de los Servicios de Acueductos y Alcantarillado Sanitario Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico Anejo 1 Página 1 de 13 ANEJO I (Transcripción de porciones de las Secciones 6.0 y 10.0 del Informe del Oficial Examinador donde se resumen las sugerencias recibidas durante las vistas públicas y ponencias escritas)
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