Regl. 8902, art. 5
Política general de uso de las páginas cibernéticas institucionales
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Cite as Reglamento Núm. 8902, Art. 5
Las páginas cibernéticas institucionales tendrán como finalidad exclusiva la promoción de eventos
producidos por la Corporación y sus subsidiarias, sus programas e información general sobre éstas.
Las mismas deberán cumplir con los reglamentos y leyes, tanto federales como estatales, que
expresamente regulen este tipo de actividad.
Bajo ninguna circunstancia las páginas cibernéticas institucionales podrán ser utilizadas para
promover religiones particulares, ideologías políticas 0 cualquier otro fin ajeno a los propósitos de
la Corporación de las Artes Musicales y sus subsidiarias, según definidos en sus leyes orgánicas.
Tampoco podrán ser utilizadas para ventilar querellas, quejas 0 controversias entre empleados y
POLÍTICA SOBRE MANEJO DE PÁGINAS
CORPORACIÓN DE LAS
WEB Y REDES SOCIALES
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Artes Musicales
CERTIFICACIÓN NÚMERO 2016-02
el patrono, 0 contratistas independientes y sus corporaciones contratantes, ni de forma que se
quebrante la política de no solicitación establecida por la Corporación
Se prohíbe expresamente la utilización de las páginas cibernéticas institucionales para propósitos
de recolectas. Sólo se permiten solicitudes de asistencia económica bajo los mecanismos
dispuestos reglamentariamente para tales efectos en la Corporación y bajo la previa autorización
de ésta. Asimismo, queda prohibida la utilización de las páginas cibernéticas institucionales para la
venta de bienes 0 promoción de eventos, programas, o actividades ajenas a la Corporación de las
Artes Musicales y sus subsidiarias.
La Corporación de las Artes Musicales y sus subsidiarias se reservan el derecho de eliminar
cualquier comentario 0 publicación de índole alguno vertido por cibernautas en las páginas
cibernéticas institucionales cuando el administrador o administradores de las páginas concluyan
que el mismo contraviene los propósitos establecidos en el presente Artículo 0 que de alguna
manera pueda afectar las ventas de sus producciones o la buena imagen corporativa en general. La
Corporación tiene el derecho absoluto al control de dichas páginas, únicamente supeditado a las
políticas de uso establecidas por los servidores de las mismas, así como las leyes y
reglamentaciones estatales y federales aplicables.