Regl. 8914, art. 1-1.05
- Interpretación.
Cite as Reglamento Núm. 8914, Art. 1-1.05
Este Reglamento será interpretado de forma que promueva el más alto interés público, la
transparencia gubernamental, el desarrollo económico sustentable y sostenible de Puerto
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Rico, y que los trámites se lleven a cabo de forma eficiente, rápida, justa, y costoefectiva.