Regl. 8914, art. 3-3.02

- Funcionarios del Instituto con Acceso al Portal.

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Cite as Reglamento Núm. 8914, Art. 3-3.02

El Instituto notificará mediante Carta Normativa los medios y funcionarios a través de los cuales las Agencias Certificantes, Agencias Otorgantes y Agencias Autorizadas podrán comunicarse con el Instituto para solicitar apoyo en relación Página 24 de 49 con la operación y funcionamiento del Portal.
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