Regl. 8914, art. 4-4.03 dup2
- Deber de Requerir y Obtener Información Necesaria para las
Cite as Reglamento Núm. 8914, Art. 4-4.03 dup2
Certificaciones de Cumplimiento.
Las Agencias Certificantes deberán, y serán responsables de, requerir a las personas
interesadas en obtener un incentivo 0 beneficio contributivo dentro de su jurisdicción
administrativa toda la información necesaria para la Certificación de Cumplimiento de
conformidad con lo dispuesto en este Reglamento. A esos fines, las Agencias
Certificantes deberán modificar, según sea necesario, los formularios electrónicos o
impresos que hayan adoptado para requerir la información sobre los Solicitantes y la
actividad incentivada que éstas necesiten para poder expedir una Certificación de
Cumplimiento.
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