Regl. 8914, art. 5-5.04 dup2
- Notificación al Instituto de Requerimientos de Información Adicional
Cite as Reglamento Núm. 8914, Art. 5-5.04 dup2
para Otorgar Incentivos 0 Beneficios Contributivos.
Las Agencias Otorgantes notificarán por escrito al Instituto de EstadÃsticas sobre los
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requerimientos de información adicional que hagan de conformidad con la Sección 5.03
de este Reglamento, de conformidad con las instrucciones que establezca la Dirección
Ejecutiva mediante Carta Normativa.