Regl. 8914, art. 7-7.04

- Contenido Uniforme de todas las Certificaciones de Cumplimiento.

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Cite as Reglamento Núm. 8914, Art. 7-7.04

A) Toda Certificación de Cumplimiento cuya generación y expedición valide una Agencia Certificante tendrá, como mínimo, el siguiente contenido, según le sea aplicable: 1) El año contributivo al cual obedece y para el cual se valida la expedición de la Certificación de Cumplimiento; 2) Fecha en que se emite la Certificación de Cumplimiento; 3) La cita del Artículo o Sección específica de la ley que reconoce, regula u ofrece el incentivo o beneficio contributivo; 4) La naturaleza del incentivo o beneficio contributivo objeto de la Certificación de Cumplimiento; 5) Información sobre el tipo de negocio del solicitante; 6) El nombre del Solicitante Cumplidor a favor de quien la Agencia Certificante expide la Certificación de Cumplimiento; 7) Especificación de si el incentivo o beneficio contributivo objeto de la Certificación de Cumplimiento es o no transferible, y la cita de la disposición de ley que autoriza la transferencia; a) Si se trata de un incentivo o beneficio contributivo que, a tenor con la ley que lo regule, puede ser transferido 0 cedido a otra persona, y que, en efecto, ha sido transferido 0 cedido, la Certificación de Cumplimiento especificará el nombre de la persona cesionaria y número de seguro social personal o patronal, según aplique. Además, especificará los aspectos del Página 40 de 49 incentivo o beneficio contributivo que fueron cedidos y las condiciones que fueron cedidas. 8) Especificación de si se trata de un incentivo o beneficio contributivo a ser otorgado por primera vez, si se trata del mantenimiento o renovación de un incentivo o beneficio contributivo previamente concedido; 9) Especificación de las enmiendas, si alguna, a las condiciones con las que debe cumplir el Solicitante Cumplidor para disfrutar del incentivo o beneficio, así como la especificación de cualquier enmienda, si alguna, en relación con el alcance 0 contenido del incentivo o beneficio contributivo; 10) Especificación de cualesquiera condiciones especiales establecidas o decretadas por la Agencia Certificante, más allá de aquellas establecidas por ley o por reglamento, con las cuales el Solicitante Cumplidor debe cumplir y está cumpliendo para evitar la revocación de un incentivo o crédito contributivo; 11) El número de catastro de los inmuebles relacionados al negocio o actividad en relación con la cual se expide la Certificación de Cumplimiento. En caso de que (i) las leyes, reglamentos, cartas circulares y normas aplicables al incentivo 0 beneficio contributivo no requieran que haya uno o más inmuebles relacionados con el negocio o actividad, y (ii) no haya inmueble alguno relacionado con el negocio 0 actividad, la Agencia Certificante especificará que este requisito "No Aplica"; 12) El número del Solicitante Cumplidor en el Registro de Comerciantes ante el Departamento de Hacienda. En caso de que (i) las leyes, reglamentos, cartas circulares y normas aplicables al Solicitante Cumplidor o al Página 41 de 49 incentivo o beneficio contributivo no requieran que éste esté registrado en el Registro de Comerciantes, y (ii) el Solicitante Cumplidor no esté registrado en el Registro de Comerciantes, la Agencia Certificante especificará que este requisito "No Aplica" e incluirá la cita de las leyes, reglamentos, cartas circulares y normas aplicables en virtud de las cuales el Solicitante Cumplidor está exento de registrarse; 13) El número de seguro social patronal, o en caso de que el Solicitante Cumplidor sea una persona natural, el número de seguro social personal. La confidencialidad del número de seguro social personal de los Solicitantes Cumplidores será debidamente protegido; 14) El número de registro de la persona jurídica ante el Departamento de Estado. En caso de que el Solicitante Cumplidor sea una persona natural o una persona jurídica no regulada por el Departamento de Estado, la Agencia Certificante especificará "No Aplica"; 15) El número de la cuenta relacionada al negocio o actividad según requerida por el Código de Rentas Internas de Puerto Rico. En caso de que (i) las leyes, reglamentos, cartas circulares y normas aplicables al negocio o actividad en relación a la cual el Solicitante Cumplidor solicitó el incentivo o beneficio contributivo no requieran que exista una cuenta relacionada con dicho negocio 0 actividad, y (ii) no haya una cuenta relacionada con el negocio o actividad en cuestión, la Agencia Certificante especificará que este requisito "No Aplica", e incluirá la cita de las leyes, reglamentos, cartas circulares y normas aplicables en virtud de las cuales el Solicitante Cumplidor está exento; Página 42 de 49 16) Confirmación de la OGPe de que el Solicitante Cumplidor tiene una o más Certificaciones Únicas emitidas y vigentes por OGPe para el Solicitante Cumplidor al amparo de lo dispuesto en la Ley 216-2014, según enmendada, conocida como la Ley de Control de Información Fiscal y de Permisos, o una ley sucesora; 17) Cualquier otra información que el Instituto de Estadísticas requiera mediante Carta Normativa de la Dirección Ejecutiva o por reglamentación con el objetivo de medir el impacto del incentivo o beneficio contributivo en la economía de Puerto Rico y en el fisco. Por ejemplo, a esos fines, el Instituto podrá requerir que las Certificaciones de Cumplimiento contengan además información del siguiente tipo: a) Información requerida por la Agencia Certificante en el proceso de solicitud del beneficio 0 incentivo que sea relevante para correlacionar los incentivos 0 beneficios contributivos con la actividad incentivada, o medir el impacto de dichos incentivos 0 beneficios en la economía de Puerto Rico; b) Información adicional que una o más Agencias Otorgantes necesiten para agilizar sus procesos de otorgación de incentivos o beneficios contributivos, o para cumplir cabalmente con los parámetros establecidos en la Ley 187-2015 y con los de las leyes, reglamentos, cartas circulares y normas que rijan y regulen la concesión del incentivo o beneficio contributivo objeto de la Certificación de Cumplimiento. 18) El nombre, el puesto y la imagen digital que represente la firma del Página 43 de 49 funcionario con autoridad y responsable de certificar que toda la información contenida en la Certificación de Cumplimiento es correcta y que el Solicitante Cumplidor cumple con todos los requisitos dispuestos en las leyes, reglamentos, cartas circulares y normas aplicables para la concesión y disfrute del incentivo o beneficio contributivo objeto de la Certificación de Cumplimiento. 19) Cualquier información adicional que la Agencia Certificante entienda pertinente. B) Toda Certificación de Cumplimiento que deje de cumplir con los requisitos establecidos en esta Sección en cuanto a su contenido mínimo, será insuficiente e inválida y no producirá efecto jurídico o administrativo alguno.
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