Regl. 8931, art. 10-31
DESCUENTO POR PRONTO PAGO
Length: 74 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8931, Art. 10-31
Los dueños que se acojan a la exoneración contributiva que provee la Ley y este
Reglamento, pueden beneficiarse también del descuento por pronto pago de la
contribución impuesta, de efectuarse los pagos dentro de los plazos dispuestos en el
Artículo 3.43 de la Ley, computándose dicho descuento sobre el balance en contribución
que resulte del monto de la contribución impuesta originalmente 0 en revisión
administrativa, menos el importe de la exoneración contributiva aquí dispuesta.