Regl. 8932, art. 3
PROPÓSITO.
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Cite as Reglamento Núm. 8932, Art. 3
El propósito de este Reglamento es garantizar la más adecuada protección y estudio del
patrimonio arqueológico terrestre de Puerto Rico, al establecer criterios mÃnimos que regirán las
investigaciones arqueológicas sujeta a esta reglamentación. También establece el procedimiento
para obtener recomendaciones del Instituto de Cultura Puertorriqueña, para proyectos de
construcción y otros desarrollos públicos y privados que puedan afectar recursos arqueológicos
terrestres.