Regl. 8932, art. 5-3

Notificaciones.

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Cite as Reglamento Núm. 8932, Art. 5-3

A. Toda notificación de endoso al proyecto, solicitud de información adicional, clarificaciones o solicitud de estudios arqueológicos subsiguientes, será mediante carta enviada al proponente por correo postal regular y se subirá copia de la carta al SIP. B. El Programa podrá enviar copia de dichas notificaciones y solicitudes al Investigador Principal, al Programa de Patrimonio Histórico Edificado del Instituto de Cultura Puertorriqueña, a la Oficina Estatal de Conservación Histórica y a cualquier otra agencia, entidad 0 persona que estime necesaria.
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