Regl. 8932, art. 6-6

Contenido y formato del Informe de Fase IA.

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Cite as Reglamento Núm. 8932, Art. 6-6

A. Para cumplir satisfactoriamente con los requerimientos básicos de la Fase IA, el Investigador Principal deberá cumplir con los siguientes requisitos: 1. El informe deberá estar redactado preferiblemente en español, aunque se aceptarán también informes redactados en inglés. 2. El informe ha de ser entregado impreso en original a color debidamente encuadernado, con copia digital en formato PDF. 3. En la primera página del informe se deberá indicar el nombre del proyecto, la fase de estudio, el barrio y el pueblo, número del caso en OGPE, la agencia o proponente que 16/62 REGLAMENTO PARA LA RADICACIÓN Y EVALUACIÓN ARQUEOLÓGICA DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN Y DESAROLLO lo origina, el nombre del Investigador Principal, su dirección y la compañía o entidad que representa, la fecha, y su firma en original sobre su nombre. En caso de informes revisados o enmendados deberá decirlo claramente e incluir la nueva fecha. 4. Tener todas las páginas numeradas y un índice de contenido que indique la página de comienzo de cada asunto tratado, incluyendo bibliografía y apéndices. 5. Incluir una bibliografía actualizada de referencias consultadas y citadas en el texto; y apéndices tales como fotografías y mapas requeridos. 6. Descripción detallada de la localización y la naturaleza del proyecto de construcción, incluyendo un plano USGS con la localización exacta del proyecto con la forma del terreno (polígono) y provista con las coordenadas Lambert del sistema de posicionamiento global (NAD 83). 7. Fotografía aérea reciente delimitando la forma del predio. 8. Análisis del proyecto propuesto y la forma en que puede impactar los recursos arqueológicos conocidos o probables. Este análisis tomará en cuenta la zona principal de impacto del proyecto y todas las zonas de impacto o desarrollo secundario, por ejemplo, áreas para estacionamiento de maquinaria, accesos, lugares cercanos de obtención de relleno, colocación de verjas, conexión a tuberías, líneas eléctricas y demás obras de infraestructura, y cualquier terreno que vaya a ser objeto de utilización indirecta o incidental durante la construcción del proyecto. 9. Plano de desarrollo que muestre la topografía actual, los límites del proyecto y los planos de construcción, incluyendo posibles alternativas y modificaciones. 10. Síntesis cronológica y cultural de la actividad humana, desde tiempos precolombinos hasta el presente, de la zona donde se encuentra el área de estudio. 11. Análisis de las características ambientales en relación con las posibilidades arqueológicas en el área de estudio. 12. Descripción detallada de las condiciones ambientales actuales, el historial de uso de terrenos, las características topográficas, los impactos previos, y cualquier otra información pertinente. 13. Fotografías aéreas antiguas ubicando el área bajo estudio (por lo menos de tres décadas diferentes, anteriores a 1994) y su correspondiente análisis. 17/62 REGLAMENTO PARA LA RADICACIÓN Y EVALUACIÓN ARQUEOLÓGICA DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN Y DESAROLLO 14. Planos, mapas y topográficos antiguos (ubicando el área de estudio) y su respectivo análisis. 15. Fotografías y dibujos antiguos (si existen y están disponibles) que documenten el área de estudio. 16. Cualquier otra documentación que ayude a la reconstrucción histórica del área. 17. Explicación de las fuentes consultadas y los resultados obtenidos de la investigación documental. La literatura, documentos y los informes arqueológicos relevantes deberán ser comentados. 18. Justificación de la metodología utilizada para la inspección preliminar de campo y una evaluación de los resultados obtenidos. 19. Las fechas del itinerario de trabajo y los nombres del personal que colaboró en el proyecto. 20. Plano con la descripción de la ruta que se siguió para el reconocimiento preliminar de superficie. 21. Localización de cualquier recurso arqueológico en el plano del proyecto y mapas requeridos. La localización deberá estar geo referenciada con coordenadas. 22. Análisis y discusión sobre los datos arqueológicos, históricos y medioambientales obtenidos durante la investigación documental y la inspección preliminar. 23. Proyección del grado de posibilidades arqueológicas que caracteriza el área de estudio. Las recomendaciones para estudios adicionales a otros niveles o fases deberán estar fundamentadas en dicho análisis. 24. Fotografías a color que documenten la apariencia actual de los terrenos y sus características ambientales, los impactos y modificaciones visibles y cualquier recurso arqueológico localizado. Deberá incluirse la fecha, procedencia, orientación y escala. 25. Las fotografías de materiales arqueológicos deberán presentarse agrupados por tipo y con una escala gráfica. 26. Incluir como apéndices los informes de especialistas, de haberlos (historiadores, arquitectos y otros). 27. Incluir la ficha de registro del Consejo para cada sitio arqueológico identificado (anejo C). 18/62 REGLAMENTO PARA LA RADICACIÓN Y EVALUACIÓN ARQUEOLÓGICA DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN Y DESAROLLO
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