Regl. 8932, art. 9-9

Criterios Profesionales para Fase III.

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Cite as Reglamento Núm. 8932, Art. 9-9

A. Las credenciales académicas y profesionales mínimas requeridas al investigador principal para realizar estudios arqueológicos Fase III serán: 1. Maestría o Doctorado en Arqueología, Antropología o Historia, que incluya tesis o disertación en arqueología. Además, deberá tener dos (2) años de experiencia de campo en investigación en Puerto Rico como Investigador(a) Principal 0 Co- Investigador(a), y que haya sido la persona responsable del diseño de la investigación, trabajo de campo, análisis de materiales y redacción de los informes formales. 2. Preparación y experiencia deberán ser avaladas por currículum vitae y documentos comprobatorios (a manera de dosier), tales como certificaciones, diplomas, títulos, transcripciones de créditos, cartas de recomendación, tesis, copia de informes y publicaciones (por lo menos portada donde aparezca su nombre) y cualquier otro documento que demuestre competencia para dirigir una excavación. Estarán exentos de estos requisitos solamente aquellos profesionales que estén aprobados para esta fase de investigación arqueológica con anterioridad a la vigencia de este Reglamento, y estén incluidos en la Lista Oficial de Personas Cualificadas para Efectuar Fases de Investigación Arqueológica que mantiene el Consejo. 43/62 REGLAMENTO PARA LA RADICACIÓN Y EVALUACIÓN ARQUEOLÓGICA DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN Y DESAROLLO
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