Regl. 8932, art. 9-9
Criterios Profesionales para Fase III.
Length: 191 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8932, Art. 9-9
A. Las credenciales académicas y profesionales mínimas requeridas al investigador principal
para realizar estudios arqueológicos Fase III serán:
1.
Maestría o Doctorado en Arqueología, Antropología o Historia, que incluya tesis o
disertación en arqueología. Además, deberá tener dos (2) años de experiencia de
campo en investigación en Puerto Rico como Investigador(a) Principal 0 Co-
Investigador(a), y que haya sido la persona responsable del diseño de la
investigación, trabajo de campo, análisis de materiales y redacción de los informes
formales.
2.
Preparación y experiencia deberán ser avaladas por currículum vitae y documentos
comprobatorios (a manera de dosier), tales como certificaciones, diplomas, títulos,
transcripciones de créditos, cartas de recomendación, tesis, copia de informes y
publicaciones (por lo menos portada donde aparezca su nombre) y cualquier otro
documento que demuestre competencia para dirigir una excavación.
Estarán exentos de estos requisitos solamente aquellos profesionales que estén aprobados
para esta fase de investigación arqueológica con anterioridad a la vigencia de este
Reglamento, y estén incluidos en la Lista Oficial de Personas Cualificadas para Efectuar
Fases de Investigación Arqueológica que mantiene el Consejo.
43/62
REGLAMENTO PARA LA RADICACIÓN Y EVALUACIÓN ARQUEOLÓGICA DE
PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN Y DESAROLLO