Regl. 8935, art. 8-45

MÉTODOS DE RADICACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE EXENCIÓN

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Cite as Reglamento Núm. 8935, Art. 8-45

CONTRIBUTIVA 1. PROPIEDAD MUEBLE Toda solicitud de exención contributiva a propiedad mueble debe radicarse junto con la planilla de propiedad mueble, en la misma fecha y mediante el mismo método de radicación de la planilla. Entiéndase método electrónico 0 formato impreso, según aplique.²³ a. Formato electrónico, a través del Portal del CRIM (www.crimpr.net). b. Formato impreso, personalmente en cualquier Centro Regional del CRIM u Oficina Municipal que ofrezca los servicios del CRIM. Será obligación del contribuyente, por sí 0 por conducto de su representante 0 preparador de planilla, reclamar en la planilla de propiedad mueble la exención 0 exenciones que interesa solicitar. Además, deberá incluir los formularios de las solicitudes correspondientes, si alguna, y todos los documentos requeridos para su consideración. El CRIM no evaluará solicitudes de exención contributiva incompletas y se reserva el derecho a rechazarlas de plano sin entrar en los méritos de la misma. 2. PROPIEDAD INMUEBLE Toda solicitud de exención contributiva a propiedad inmueble puede radicarse mediante uno de los siguientes métodos: a. Personalmente en cualquier Centro Regional del CRIM u Oficina Municipal que ofrezca los servicios del CRIM. b. Correo certificado con acuse de recibo dirigido a: CRIM, Oficina Central, PO Box 195387, San Juan, Puerto Rico 00919-5387. C. Electrónicamente, a través del Portal del CRIM (www.crimpr.net). 23 Conforme a lo dispuesto en el Artículo 2(D)(1) y (2) del Reglamento Núm. 7049, supra, están obligados a radicar la planilla de contribución sobre la propiedad mueble por medios electrónicos: (1) todo contribuyente sujeto al pago de contribución estimada. Entiéndase todo contribuyente cuya contribución sobre la propiedad mueble estimada sea mayor de mil dólares ($1,000.00); (2) todo contribuyente cuyo negocio tenga un volumen de ventas mayor a tres millones de dólares ($3,000,000) para el año contributivo 2014 y años posteriores; y (3) todo preparador de planillas para el año contributivo 2014 y años posteriores. Los demás contribuyentes pueden optar por radicar la planilla por medios electrónicos voluntariamente 0 pueden radicarla mediante el formato impreso. Centro de Recaudación de Ingresos Municipales Reglamento de Exenciones Misceláneas del CRIM Página 84 de 105 Será obligación del contribuyente, por sí o por conducto de su representante incluir con su solicitud todos los documentos requeridos para la consideración del CRIM. El CRIM no evaluará solicitudes de exención contributiva incompletas y se reserva el derecho a rechazarlas de plano sin entrar en los méritos de la misma. Ver el Artículo 51 de este Reglamento. No obstante lo anterior, el mecanismo de correo certificado no estará disponible como método de radicación de la Hoja de Solicitud de Servicio. Ver el Artículo 49 de este Reglamento.
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