Regl. 8935, art. 8-50
PODER LEGAL Y DECLARACIÓN DEL REPRESENTANTE
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Cite as Reglamento Núm. 8935, Art. 8-50
El contribuyente que interese que otra persona comparezca ante el CRIM, en su nombre, a
realizar cualquier gestión relacionada con sus obligaciones contributivas sobre la propiedad
mueble e inmueble, incluyendo la solicitud de las exenciones detalladas en este Reglamento
y gestiones posteriores inherentes a éstas, debe completar el documento titulado "Poder
Legal y Declaración del Representante" (Modelo AS-78) y presentarlo al CRIM. A estos fines,
aplicarán las siguientes consideraciones:
1. El representante del contribuyente podrá ser cualquier persona mayor de 21 años con
capacidad suficiente para realizar las gestiones autorizadas por éste. No es necesario que
el representante sea un abogado o contador público autorizado, aunque el contribuyente
tiene derecho a contratar los servicios de estos profesionales 0 cualquier otro profesional
que estime necesario y completar el Modelo AS-78 para autorizarlos a que le representen
ante el CRIM.
2. El contribuyente podrá detallar específicamente la materia contributiva, año 0 periodo y
el asunto al que autoriza al representante.
3. Sujeto a lo indicado en el inciso anterior, el representante quedará autorizado a recibir e
inspeccionar información contributiva confidencial, y realizar cualquier y todo acto que
el contribuyente pueda realizar con respecto a las materias contributivas que se hayan
detallado en el Modelo AS-78, incluyendo la autoridad para presentar información y
documentos; firmar cualquier acuerdo, consentimiento 0 documento; comparecer ante
el CRIM y ante sus funcionarios; asistir a toda vista administrativa; transigir 0 convenir
con arreglo a la ley y a los reglamentos cualquier asunto relacionado con la
responsabilidad contributiva del contribuyente; y aceptar 0 negociar a nombre del
contribuyente cualquier resolución 0 decisión administrativa, 0 tomar aquellas medidas
que a su juicio sean procedentes.
Centro de Recaudación de Ingresos Municipales
Reglamento de Exenciones Misceláneas del CRIM
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4. El contribuyente podrá indicar si la autorización revoca cualquier autorización previa
que haya realizado a nombre de otro representante en cuanto a las materias
contributivas detalladas en el Modelo AS-78.
5. Si la propiedad mueble 0 inmueble objeto la solicitud tiene más de un dueño, todos los
dueños deben firmar el Modelo AS-78.
6. Si el Modelo AS-78 es firmado por un oficial corporativo, socio, guardián, albacea,
administrador 0 fiduciario en representación del contribuyente, dicho representante
certifica que tiene autoridad para firmarlo en representación del contribuyente.
7. El Modelo AS-78 no será requerido cuando se presente un documento legal del cual se
desprenda que la persona que comparece ante el CRIM ha quedado legalmente
autorizada a actuar a nombre del contribuyente. A estos fines, se entenderá como
documento legal cualquiera de los siguientes documentos: escritura de poder, contrato
de mandato, sentencia sobre tutela, escritura de fideicomiso, escritura de testamento con
nombramiento de albacea, declaración jurada (affidávit) 0 cualquier otro de naturaleza
similar.
En los casos de escritura de testamento con nombramiento de albacea se deberá
presentar, además, el certificado de defunción y la certificación acreditativa de
testamento.
En los casos de escritura de poder se deberá presentar, además, la certificación
acreditativa de poder.