Regl. 8935, art. 8-55
EVIDENCIA DE USO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE
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Cite as Reglamento Núm. 8935, Art. 8-55
En los casos en que se requiera evidencia de uso de una propiedad inmueble para considerar
cualquier exención contributiva incluida en este Reglamento, el CRIM aceptará uno o más
de los documentos detallados a continuación, cuantos sean necesarios para establecer el
cumplimiento con los requisitos aplicables a la exención contributiva solicitada, a menos que
otra cosa se disponga por Ley.
Además, el CRIM podrá requerir examinar la copia certificada o el original de los documentos
para constatar que la copia entregada es una copia fiel y exacta de su original.
1. Permiso de Uso.
2. Fotografías de la propiedad (frente e interiores).
3. Declaración Jurada.