Regl. 8935, art. 8-55

EVIDENCIA DE USO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE

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Cite as Reglamento Núm. 8935, Art. 8-55

En los casos en que se requiera evidencia de uso de una propiedad inmueble para considerar cualquier exención contributiva incluida en este Reglamento, el CRIM aceptará uno o más de los documentos detallados a continuación, cuantos sean necesarios para establecer el cumplimiento con los requisitos aplicables a la exención contributiva solicitada, a menos que otra cosa se disponga por Ley. Además, el CRIM podrá requerir examinar la copia certificada o el original de los documentos para constatar que la copia entregada es una copia fiel y exacta de su original. 1. Permiso de Uso. 2. Fotografías de la propiedad (frente e interiores). 3. Declaración Jurada.
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