Regl. 8935, art. 8-56

EVIDENCIA DE CONSTRUCCIÓN DE PROPIEDAD INMUEBLE

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Cite as Reglamento Núm. 8935, Art. 8-56

En los casos en que se requiera evidencia de construcción de una propiedad inmueble para considerar cualquiera de las exenciones contributivas incluidas en este Reglamento, el CRIM aceptará uno 0 más de los documentos detallados a continuación, cuantos sean necesarios para establecer el cumplimiento con los requisitos aplicables a la exención contributiva solicitada, a menos que otra cosa se disponga por Ley. Además, el CRIM podrá requerir examinar la copia certificada 0 el original de los documentos para constatar si la copia entregada es una copia fiel y exacta de su original. 1. Permiso de Construcción. 2. Permiso de Uso. 3. Resolución de aprobación de la Consulta de Construcción. 4. Resolución de la aprobación de la Consulta de Ubicación. 5. Certificación del Contratista 0 Desarrollador. Centro de Recaudación de Ingresos Municipales Reglamento de Exenciones Misceláneas del CRIM Página 94 de 105 6. Escritura de Edificación. 7. Declaración Jurada. 8. Fotografías de la Propiedad (frente e interiores).
Regl. 8935, art. 8-56: EVIDENCIA DE CONSTRUCCIÓN DE PROPIEDAD INMUEBLE | Justis AI