Regl. 3693, art. 1 dup7

Poder de la Junta

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Cite as Reglamento Núm. 3693, Art. 1 dup7

La Junta podrá suspender O cancelar cualquier licencia expedida para ejercer la cirugía dental en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico O podrá imponer al tenedor cualquier sanción disciplinaria, según dispuesto en este Reglamento, -58- mediante prueba satisfactoria presentada de que el tenedor de la licencia, por sí O a través de su agente, representante, mandatario o cualquier persona publique O haga publicar: (1) Declaraciones falsas, fraudulentas O engañosas sobre sus propias destrezas, métodos O prácticas o las de cualquier otra persona en relación con la odontología. (2) Anuncie que la práctica de alguna operación dental en particular no causa dolor. (3) Reclame O infiera en materiales de difusión pública que el dentista que ofrece los servicios de odontología a través de tales medios es superior a otros profesionales. (4) Publique informes de casos O testimonios de pacientes en cualquier medio de difusión pública. (5) Utilice la exhibición pública de, O el uso de muestras de trabajo dental. (6) Reclame, alegue o dé a entender que es especialista o perito sin estar cualificado y certificado por la Junta. (7) Publique anuncios que contengan figuras dibujos, retratos o cualquier otro tipo de ilustración gráfica que no se justifique como medio razonable y profesional para dar a conocer la disponibilidad de sus servicios. (8) Publique anuncios con expresiones auto-elogiosas o referencias a la calidad de los servicios que se ofrecen, al equipo, facilidades, tratamiento que se usa o está disponible. (9) Publique anuncios con expresiones u ofertas de servicios dentales en forma ambigua, de modo tal que pueda causar en el ánimo de un paciente potencial falsas expectativas. 1 -59- (10) Publique anuncios con expresiones que omitan consignar cualquier hecho pertinente que sea necesario para que una persona prudente y razonable pueda comprender los servicios que se ofrecen. (11) Publique anuncios de los honorarios por los servicios dentales en forma imprecisa O respecto de servicios cuyo costo total no pueda anticiparse. (12) Publique anuncios que no incluyan en nombre del dentista O especialista que participa en la práctica.
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