Regl. 8938, art. 13 dup2

Documentación de Incidentes

Length: 188 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8938, Art. 13 dup2

El Administrador mantendrá un record en orden cronológico en el cual se describe cada uno de los eventos extraordinarios captados por las cámaras de video que ocurran en los predios del Cuartel General O en otras instalaciones de la Policía, así como la gestión realizada en torno a los mismos. En la bitácora se describirá lo siguiente: A. Nombre del empleado a cargo de la vigilancia. B. Fecha y hora de entrada y salida. C. Número de monitores en uso. D. Informe del incidente. E. Acción tomada. Si el empleado a cargo de los monitores observa incidentes que requieran una observación y vigilancia especial O que pudieran poner en peligro la vida de empleados, contratistas y/o visitantes lo hará constar inmediatamente en el "Informe de Incidente", 0 en cualquier otro que en el futuro sea designado para tales fines. Dicho informe podrá incluir la grabación creada por la cámara desde donde se observó el evento. Dicha grabación será numerada utilizando la secuencia año-mes-día-número consecutivo si se usa más de una el mismo día. Ejemplo: Grabación número 1 del 25 de agosto de 2016 Sería numerada como: 2016-08-25-01 9
Regl. 8938, art. 13 dup2: Documentación de Incidentes | Justis AI