Regl. 3693, art. 5 dup5
Destino de Fondos Generados por Derechos
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Cite as Reglamento Núm. 3693, Art. 5 dup5
Los fondos que se generen por concepto de los derechos establecidos en este
CapÃtulo, ingresarán al Fondo de Salud y serán colocados en una cuenta separada
para uso exclusivo de la Junta Dental Examinadora.
CAPITULO III - DISPOSICIONES SOBRE EXAMEN DE REVALIDA PARA DENTISTAS Y
REQUISITOS DE ADMISION PARA EJERCER LA PROFESION