Regl. 8960, art. 7 dup3

REGLAMENTO 30, DISTRIBUCION, PUBLICACION Y DISPONIBILIDAD DE INFORMES DE AUDITORIA, ESPECIALES Y ANUALES DE LA OFICINA DEL CONTRALOR DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. Este Reglamento tiene el proposito de establecer las normas para la distribucion, la publicacion y la disponibilidad de los informes de auditoria, de los informes especiales y de los informes anuales emitidos por la Oficina.

Length: 236 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8960, Art. 7 dup3

Disposiciones Generales a. El documento original de cada informe, con la firma de la Contralora, del Subcontralor o de cualquier otro funcionario autorizado por la Contralora, se conserva permanentemente en el Programa de Administración de Documentos Públicos de la Oficina, tan pronto se cumpla con el proceso de reproducción del mismo. b. De surgir alguna situación que impida la publicación de un informe en la página en Internet, la Contralora, el Subcontralor o cualquier otro funcionario designado por la Contralora impartirá instrucciones para que el mismo se entregue a la mano o por correo, con acuse de recibo, a los funcionarios correspondientes. 30-00-010 c. La Contralora o el Subcontralor puede enviar copia de los informes de auditoría y de los especiales a cualquier otro funcionario, entidad gubernamental o persona, además de los indicados en los Artículos 4.1. al 4.3., cuando resulte conveniente para el interés público. d. Cuando la Contralora determine que el contenido de un informe de auditoría o de uno especial debe mantenerse en estricta confidencialidad, sólo entrega un ejemplar al Gobernador, al Presidente del Senado de Puerto Rico y al Presidente de la Cámara de Representantes. Además, a su discreción, entrega un ejemplar a cualquier funcionario con autoridad para tomar medidas correctivas. e. Se puede enviar copia del informe anual a instituciones educativas y profesionales, a entidades privadas y a ciudadanos, con sólo la previa autorización de la Contralora o del Subcontralor. you
Regl. 8960, art. 7 dup3: REGLAMENTO 30, DISTRIBUCION, PUBLICACION Y DISPONIBILIDAD DE INFORMES DE AUDITORIA, ESPECIALES Y ANUALES DE LA OFICINA DEL CONTRALOR DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. Este Reglamento tiene el proposito de establecer las normas para la distribucion, la publicacion y la disponibilidad de los informes de auditoria, de los informes especiales y de los informes anuales emitidos por la Oficina. | Justis AI