Regl. 8962, art. 2

BASE LEGAL

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Cite as Reglamento Núm. 8962, Art. 2

La Junta de Directores del Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico (el Banco) adopta este Reglamento a tenor con las facultades y poderes que le confiere el Artículo 3, de la Ley Número 22, del 24 de julio de 1985, según enmendada, conocida como la Ley del Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico. También se promulga conforme a la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme.
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