Regl. 8962, art. 3
PROPÓSITO
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Cite as Reglamento Núm. 8962, Art. 3
Para controlar y uniformar las actividades de disposición de la propiedad mueble e
inmueble o cualesquiera derechos adjudicados O cedidos, O la propiedad operacional
declarada excedente del Banco.
Mediante este Reglamento se deroga el "Reglamento de Disposición de Propiedades -
BDE.008", Núm. 7123 de 23 de marzo de 2006 y su enmienda Núm. 7396 de 6 de agosto
de 2007.