Regl. 8965, art. 11 dup2
Desactivación del Alerta
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Cite as Reglamento Núm. 8965, Art. 11 dup2
a. Si el vehículo no ha sido localizado transcurridas veinticuatro (24) horas desde que
se activó la Alerta, la misma se desactivará, pero la investigación sobre el accidente
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"Hit a Run" continuará.
b. Si el vehículo es localizado antes de las veinticuatro (24) horas el Director de
Homicidios se comunicará con el Director de la Oficina Central de Prensa quien
inmediatamente procederá a notificar a todos los medios de comunicación o difusores
involucrados la desactivación de la Alerta.