Regl. 8965, art. 12 dup2

Procedimiento de Revisión

Length: 135 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8965, Art. 12 dup2

a. Cualquier activación de la Alerta Mayra Elías será revisada por un comité compuesto por tres (3) representantes de la Policía de Puerto Rico a saber: el Director de la Oficina de Prensa, el Director de la División de Homicidios que activó la misma y el el agente investigador del caso. También participará un (1) representante del National Weather Service (NWS) así como un (1) representante de algún medio de comunicación de los que voluntariamente participaron de la activación de la Alerta. b. La revisión consistirá en verificar si la situación cumplió con los criterios establecidos para activar la Alerta Mayra Elías, evaluar el desempeño de todas las partes concernidas e identificar las áreas en que se puede mejorar. C. El Comité revisor remitirá mediante comunicación escrita al Superintendente los hallazgos para las acciones correspondientes.
Regl. 8965, art. 12 dup2: Procedimiento de Revisión | Justis AI