Regl. 8971, art. 11.2-16
OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES
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Cite as Reglamento Núm. 8971, Art. 11.2-16
Los estudiantes que participen, o soliciten participar en los Programas cubiertos en
este Reglamento, vendrán obligados a cumplir con lo siguiente:
a. Utilizar los fondos que le sean asignados única y exclusivamente para pagar los
costos de estudios, según haya determinado la institución, a tenor con el análisis
dispuesto en la reglamentación federal bajo el TÃtulo IV de la "Higher Education
Act of 1965".
b. Cumplir con los procedimientos y el calendario establecido por la institución
donde se encuentra matriculado, para gestionar las ayudas económicas, y
observar la polÃtica institucional en lo referente a los procedimientos de bajas y
reembolsos de costos delestudio.
C. Cumplir con los requisitos de elegibilidad aplicables a cada programa en
particular.
d. Proveer la información electrónica de contacto, en los términos que- el CEPR
establezca para recibir avisos sobre las ayudas distribuidas.
REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA PARA ESTUDIANTES CON TALENTO ACADÉMICO Y
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OTRAS INICIATIVAS DE ASISTENCIA ECONÓMICA PARA ESTUDIANTES POSTSECUNDARIOS