Regl. 8971, art. 5

DEROGACIÓN DE NORMAS ANTERIORES

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Cite as Reglamento Núm. 8971, Art. 5

El Reglamento para la Administración del Programa de Becas para Estudiantes con Talento Académico y Otras Iniciativas de Asistencia Económica para Estudiantes Postsecundarios, aprobado por el CEPR en su Certificación Número 2017-216, expresamente deroga el anterior Reglamento General para la Administración de Programas de Asistencia Económica para Estudiantes de Nivel Postsecundario (Reglamento Núm. 8199 de mayo de 2012), aprobado por el CEPR en su Certificación Núm. 2012-076, así como toda otra disposición reglamentaria, certificación, procedimiento, guía, norma, uso o costumbre u otra acción de efecto normativo que haya sido adoptada por el CEPR, con relación a los programas aquí cubiertos, que sea inconsistente con el presente Reglamento. REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA PARA ESTUDIANTES CON TALENTO ACADÉMICO Y 4 OTRAS INICIATIVAS DE ASISTENCIA ECONÓMICA PARA ESTUDIANTES POSTSECUNDARIOS
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