Regl. 8981, art. III

DEFINICIONES

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Cite as Reglamento Núm. 8981, Art. III

1. Acta informe que la Junta de Subastas somete al Director Ejecutivo de la Autoridad, y mediante el cual la Junta de Subastas recomienda al Director a otorgar la buena pro de una subasta a un licitador determinado. 2. Autoridad Autoridad de los Puertos de Puerto Rico Reglamento de Subastas y Solicitud de Propuesta Página: 2 3. Adjudicación aprobación por parte del Director Ejecutivo, del licitador o el proponente agraciado. 4. Adquisición compra o arrendamiento de materiales, equipos, piezas, suministros y servicios no profesionales o profesionales. 5. Agencia Federal - cualquier dependencia del gobierno federal que intervenga en el desarrollo de proyectos de la Autoridad, mediante la aportación de fondos. 6. Apertura de Subasta etapa del procedimiento de subasta en la cual se abren los sobres que contienen las ofertas radicadas por los licitadores y se le da lectura pública a las mismas. 7. Asesor persona, grupo de personas, oficina, división o cualquier entidad externa a la Autoridad o interna de la misma a la cual la Junta de Subastas o el Comité Evaluador refiere, de ser necesario, una subasta para estudio, evaluación y recomendaciones. 8. Aviso Público edicto publicado en el portal electrónico de la Oficina de Gerencia y Presupuesto ("OGP"), mediante el cual la Autoridad anuncia que se llevará a cabo una subasta o una solicitud de propuesta. 9. Bienes- todo equipo o materiales requeridos por la Autoridad cuyo valor exceda de $75,000.00. 10. Bienes Excedentes propiedad de la Autoridad que ha sido seleccionada y destinada para su disposición, ya sea por venta directa, subasta, donación a un tercero autorizado o para desperdicio. 11. Calificado proceso mediante el cual la Junta de Subastas o el Comité Evaluador determina si un licitador, en el caso de una subasta, o un proponente, en el caso de una propuesta, ha cumplido con todas las condiciones y especificaciones para la participación en una subasta o en una solicitud de propuestas, según corresponda. 12. Comité Evaluador de Propuestas cuerpo designado por el Director Ejecutivo para recibir, tramitar, analizar, evaluar y recomendar los procesos de solicitud de propuesta que se inicien con relación a la contratación de servicios Reglamento de Subastas y Solicitud de Propuesta Página: 3 profesionales, el establecimiento de concesiones y el arrendamiento de las propiedades de la Autoridad, 0 el alquiler de equipo o servicios. 13. Comité Técnico grupo de personas integrado por empleados de la Autoridad que podrá ser nombrado por la Junta de Subastas, por el Jefe de la Oficina de Compras y Subastas o por el Comité Evaluador de Propuesta a su discreción, para asistir en el proceso de evaluación de una subasta. 14. Conflicto de Intereses situación en la cual el interés personal o económico de un servidor público, o de personas relacionadas con éste, 0 con el licitador o con el proponente pudiera razonablemente estar en pugna con el interés público. 15. Consultor persona, grupo de persona, oficina, división O cualquier entidad externa o interna de la Autoridad, a la cual el Comité Evaluador de Propuestas refiere, de ser necesario, una propuesta para estudio, evaluación y recomendaciones. 16. Contratista persona natural o jurídica que se compromete a la ejecución de una obra, de acuerdo a los términos de un contrato. 17. Director Director Ejecutivo de la Autoridad. 18. Descalificación acto mediante el cual la Junta de Subastas o el Comité Evaluador de Propuesta excluye a un licitador o a un proponente del proceso de subasta o de solicitud de propuesta, por éste no cumplir con todas las condiciones y especificaciones requeridas para poder participar del mismo. 19. Emergencia aquella situación revestida de unas necesidades públicas inaplazables, inesperadas e imprevistas que puedan ser causadas por sucesos o circunstancias de desgracia o infortunio fuera del alcance humano o que requieran acción inmediata por estar en peligro la vida o la salud de una 0 más personas o por estar en peligro de suspenderse o afectarse adversamente el servicio público. Dicha situación deberá ser establecida mediante resolución aprobada por la Junta de Directores de la Autoridad donde se indique y fundamente en qué consiste tal emergencia. Reglamento de Subastas y Solicitud de Propuesta Página: 4 20. Enmienda todo documento que contenga, sin limitarse a, explicaciones adicionales, cambios o modificaciones a las subastas publicadas o Pliegos de Especificaciones y a la solicitud de propuesta previamente acordados o aprobados por el peticionario y el Director Ejecutivo. 21. Especificaciones conjunto de términos, condiciones y características físicas, funcionales, estéticas o de calidades requeridas por la Autoridad para la adquisición de equipo, materiales o servicios profesionales o no profesionales, que deberán ser satisfechos por los licitadores o proponentes al momento de éstos presentar sus ofertas O propuestas. 22. Fianza de Arrendamiento ("Lease Bond") contrato de garantía que la Autoridad requerirá al proponente agraciado, como parte del proceso posterior a la adjudicación de propuesta. La misma requiere el pago de tres (3) meses de renta por adelantado por parte del proponente agraciado como mecanismo para resarcir la pérdida que éste pueda ocasionarle a la Autoridad en caso de incumplimiento de contrato. 23. Fianza de Ejecución ("Performance Bond") contrato de garantía que la Autoridad le requerirá al licitador o proponente agraciado, como parte del proceso posterior a la adjudicación de la subasta o de la propuesta. La misma se utiliza para asegurar el fiel cumplimiento del contrato por parte del licitador o proponente agraciado y resarcir cualquier pérdida que puede ocasionársele a la Autoridad en caso de incumplimiento. La fianza debe ser prestada por una compañía de seguros autorizada a hacer negocios en Puerto Rico por la Oficina del Comisionado de Seguros. Esto garantizará la terminación, entrega de bienes y servicios a satisfacción de la Autoridad. 24. Fianza de Impugnación Contrato de garantía que la Autoridad le requerirá al licitador que realice una impugnación a los procesos de Subasta. La misma se utilizará para responder por los daños que la impugnación a una adjudicación de subasta le pueda ocasionar a la Autoridad. La cuantía de la fianza será de un quince (15) por ciento del total de la oferta presentada por el licitador que impugna la subasta. Reglamento de Subastas y Solicitud de Propuesta Página: 5 25. Fianza de Licitación ("Bid Bond") contrato de garantía que la Autoridad le requerirá a cualquier licitador de una subasta. La misma se utiliza para garantizar los términos y condiciones establecidos por el licitador en su oferta. Además, es el recurso disponible que tiene la Autoridad, para resarcirse de cualquier daño o cualquier pérdida que le pudiera ocasionar el licitador agraciado con el retiro de su oferta, después de adjudicada una subasta. 26. Fianza Operacional ("Operational Bond") contrato de garantía que la Autoridad le requerirá al proponente agraciado en una solicitud de propuesta relacionada con arrendamiento de propiedades para uso operacional, como parte del proceso posterior a la adjudicación de la propuesta. La misma requiere el pago de al menos tres (3) meses de renta por adelantado por parte del proponente agraciado como mecanismo para resarcir la pérdida que éste pueda ocasionarle a la Autoridad en caso de incumplimiento de contrato. 27. Fianza de Pago ("Payment Bond") - contrato de garantía que la Autoridad requerirá para resarcir cualquier pérdida que se le pueda ocasionar a la Autoridad a causa de un incumplimiento por parte del licitador o proponente agraciado. 28. Impugnación solicitud que hace un licitador o un proponente para que revise una determinación de la Junta de Subastas que le resultó adversa. 29. Invitación a Subasta notificación que se envía, a través de correo certificado con acuse de recibo, a posibles licitadores o proponentes pre-calificados por la Autoridad o por la Administración de Servicios Generales, solicitándoles cotizaciones sobre el material, equipo o servicios profesionales no profesionales que se especifican y bajo las condiciones que se estipulan en el mismo. 30. Junta Apelativa de Subastas organismo administrativo ante el cual se presentará y el cual tendrá la tarea de resolver cualquier controversia que surja del proceso mediante el cual un licitador impugna la adjudicación de una Reglamento de Subastas y Solicitud de Propuesta Página: 6 subasta. La Junta Apelativa de Subastas será nombrada por el Director Ejecutivo y ratificada por la Junta de Directores de la Autoridad. 31. Junta de Subastas - cuerpo designado y nombrado por el Director Ejecutivo para recibir, tramitar, analizar, evaluar y adjudicar los procesos de subasta para la adquisición de equipo, materiales y servicios no profesionales y cuyas funciones se rigen por el Reglamento de Subastas. 32. Licitación oferta económica y los documentos complementarios, sometida por un licitador, y mediante la cual éste establece los precios globales O unitarios del equipo, materiales O los servicios no profesionales a prestarse a la Autoridad. En el caso de subastas dispositivas significará la oferta monetaria hecha en alta voz por un licitador para adquirir un bien excedente de la Autoridad. 33. Licitador persona natural o jurídica que participe de un proceso de subasta y presente una oferta a la Autoridad. 34. Licitador Agraciado persona natural o jurídica a quien la Junta de Subastas notifica la Adjudicación de la buena pro de una subasta. 35. Licitador Cualificado licitador que, a juicio de la Junta de Subastas, cumple con los requisitos para poder participar en un proceso de Subasta. 36. Licitador Responsivo cualquier licitador cualificado que someta una oferta a la Autoridad para la adquisición del equipo, materiales o servicios no profesionales requeridos y que cumpla con los Pliegos y especificaciones de la subasta. 37. Mejor Licitador Responsivo aquel licitador responsivo que, a juicio de la Junta de Subastas, propone proveer el equipo, materiales o servicios no profesionales, a los mejores precios o en los términos y condiciones más beneficiosos para los intereses de la Autoridad. 38. Miembro del Comité Evaluador de Propuestas todo funcionario 0 empleado gerencial de la Autoridad que el Director Ejecutivo designe para pertenecer al Comité Evaluador de Propuestas. Reglamento de Subastas y Solicitud de Propuesta Página: 7 39. Miembro de la Junta de Subastas todo funcionario o empleado gerencial de la Autoridad que el Director Ejecutivo nombre para pertenecer a la Junta de Subastas. 40. Oficial Examinador organismo administrativo ante el cual se presentará y el cual tendrá la tarea de resolver cualquier controversia que surja del proceso mediante el cual un proponente impugna la adjudicación de una solicitud de propuesta. El Oficial Examinador será nombrado por el Director Ejecutivo de la Autoridad. 41. Oficina de Compras y Subastas unidad que realiza las transacciones de adquisición y de subastas para el equipo, materiales y servicios no profesionales en la Autoridad. 42. Peticionario cualquier funcionario, oficial o unidad administrativa de la Autoridad que origina la requisición, solicitud o petición para la adquisición de equipo, materiales o servicios profesionales o no profesionales, la venta de bienes excedentes, arrendamientos o cualquier otra solicitud que deba ser canalizada mediante un proceso de subasta o de solicitud de propuesta. El peticionario será responsable de especificar las condiciones especiales que tengan que ser incluidas en los pliegos de especificaciones 0 en la solicitud de propuesta y también podrá ser responsable de emitir recomendaciones y comentarios con relación a las ofertas recibidas, si la Junta de Subastas o el Comité Evaluador de Propuesta así lo solicitara. 43. Planos representación gráfica de un diseño que junto con las especificaciones, permite la construcción de una obra de construcción requerida por la Autoridad. 44. Pliegos de Especificaciones - documentos mediante los cuales la Autoridad informa a los posibles licitadores, los términos y condiciones, especificaciones o descripción del equipo, materiales o servicios no profesionales requeridos. Los pliegos de especificaciones podrán estar comprendidos por el formulario "Celebración de Subastas", Addenda Explicativa o Modificativa, documentos técnicos y muestras de los bienes requeridos entre otros. Reglamento de Subastas y Solicitud de Propuesta Página: 8 45. Presidente persona designada por el Director Ejecutivo y nombrada por la Junta de Directores de la Autoridad, para dirigir los trabajos de la Junta de Subastas. 46. Proponente persona natural o jurídica que presenta una propuesta a la Autoridad. 47. Proponente Agraciado - persona natural o jurídica a quien se le adjudica una solicitud de propuesta. 48. Proponente Cualificado proponente que, a juicio del Comité Evaluador de Propuestas, cumple con los requisitos para poder participar en un proceso de solicitud de propuesta. 49. Proponente Responsivo aquel proponente responsivo que, a juicio del Comité Evaluador de Propuestas, propone proveer los servicios profesionales a los mejores precios o en los términos y condiciones más beneficios para los intereses de la Autoridad. 50. Propuesta documento que contiene la oferta escrita debidamente firmada y garantizada, sometida por un proponente en respuesta a una solicitud de propuesta de la Autoridad bajo el procedimiento de solicitud de propuesta. 51. Quórum mínimo de tres miembros de la Junta de Subastas o del Comité Evaluador de Propuesta necesarios para que se constituyan válidamente las reuniones y recomendaciones. 52. Registro Único de Licitadores registro mediante el cual se mantienen las personas naturales o jurídicas cualificadas por la Administración de Servicios Generales para contratar con el Gobierno Estado Libre Asociado por haber cumplido los requisitos establecidos por el Administrador de Servicios Generales. 53. Reglamento Reglamento de Subasta y Solicitud de Propuesta. 54. Relevo de Subasta autorización emitida por el Director Ejecutivo, y mediante la cual se otorga a un peticionario una exención de cumplir con las disposiciones del Artículo V del Reglamento, con relación a la adquisición de equipo, materiales o servicios no profesionales mediante el proceso de subasta. Reglamento de Subastas y Solicitud de Propuesta Página: 9 55. Reunión Compulsoria reunión que se realiza entre los licitadores O proponentes previo a la fecha límite para la entrega de ofertas o propuestas, y la cual tiene el propósito de aclarar o disipar cualquier duda relacionada con las especificaciones, los términos y condiciones incluidos en el pliego de subasta O en la solicitud de propuesta. 56. Reunión Pre-Subasta reunión que se realiza entre licitadores, la Junta de Subastas y el peticionario, previo a la celebración de una subasta, y la cual tiene el propósito de aclarar o disipar cualquier duda relacionada con los términos y condiciones incluidos en los pliegos de especificaciones. La fecha, hora y lugar de la reunión pre-subasta se deberá especificar en la Notificación de Subasta. 57. Secretario persona designada por el Director Ejecutivo, para hacerse cargo de las funciones administrativas de la Junta de Subastas. 58. Servicios Profesionales aquellos servicios cuya prestación sustancial o cuyo objeto envuelve alguna destreza técnica, especializada o particular por parte de un proponente. 59. Servicios No Profesionales servicios cuya prestación sustancial o cuyo objeto no envuelve alguna destreza técnica, especializada o particular por parte de un licitador. 60. Solicitud de Propuesta proceso mediante el cual la Autoridad, a través del mecanismo de notificación de solicitud de propuesta, solicita y recibe propuesta de diferentes proponentes para la contratación de servicios profesionales, el establecimiento de concesiones, arrendamiento de las propiedades de la Autoridad, o alquiler de equipo o servicios. 61. Solicitud de Relevo de Subasta solicitud de permiso que deberá ser tramitada por el peticionario cuando interesa que el Director Ejecutivo exceptúe de cumplir con las disposiciones del Artículo V (Excepciones a la celebración de subasta) del Reglamento, con relación a una adquisición de equipo, materiales o servicios no profesionales. 62. Subasta procedimiento competitivo que se seguirá para la adquisición de equipo, materiales o servicios no profesionales cuyo costo exceda de Reglamento de Subastas y Solicitud de Propuesta Página: 10 setentaicinco mil ($75,000.00) y para proyectos de construcción cuyo valor exceda de doscientos mil ($200,000.00). 63. Subasta Cancelada cancelación de una subasta, ya sea con antelación 0 con posterioridad a la adjudicación de la misma. 64. Subasta Desierta subasta que haya sido notificada por la Autoridad, a la cual no comparezca ningún licitador con oferta. 65. Subasta Dispositiva (almoneda) procedimiento de venta pública que se seguirá en la disposición de bienes excedentes de la Autoridad, en los casos en que sea recomendada por el Comité de Excedente y sea aprobada por el Director Ejecutivo. 66. Subasta por Invitación - proceso a celebrarse para la adquisición de equipo, materiales o servicios no profesionales cuyo costo exceda de setentaicinco mil ($75,000.00) y para proyectos de construcción cuyo valor exceda de doscientos mil ($200,000.00), y en la que la notificación se efectúe mediante una Invitación a Subasta.
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