Regl. 8981, art. VII
CONSTITUCIÓN, JURISDICCIÓN Y DEBERES DE LA JUNTA
Length: 688 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8981, Art. VII
DE SUBASTAS
A.
Constitución de la Junta
1.
La Junta de Subastas quedará constituida por cinco (5) miembros
designados por el Director Ejecutivo. Los mismos serán escogidos
entre los empleados gerenciales de la Autoridad.
2.
El Director Ejecutivo nombrará tres (3) miembros regulares y dos
(2) miembros alternos. Éstos últimos sustituirán a los miembros
regulares durante vacaciones, ausencias 0 enfermedad.
Reglamento de Subastas y
Solicitud de Propuesta
Página: 14
3.
El Director Ejecutivo nombrará un Presidente y un Secretario de
entre los miembros regulares que constituyen la Junta de
Subastas.
B.
Jurisdicción de la Junta de Subastas
1.
La Junta de Subastas tendrá jurisdicción sobre cualquier subasta
que efectúe la Autoridad.
C.
Funciones y Prerrogativas de la Junta de Subastas
La Junta de Subastas será la encargada de:
1.
Dirigir los trabajos de apertura de subasta.
2.
Decidir todos los asuntos relacionados con subastas que sean
sometidas a la atención de la Junta de Subastas. Específicamente,
la Junta de Subastas tendrá la responsabilidad de evaluar y
recomendar al Director Ejecutivo la adjudicación de las subastas
relacionadas con equipos, materiales, servicios no profesionales, y
proyectos de construcción.
3.
Nombrar comités técnicos cuando la Junta de Subastas lo estime
necesario, con el propósito de asesorarse en la preparación o
adjudicación de las subastas, así como de cualesquiera otros
asuntos que lleguen a su atención.
4.
Cuando se estime necesario, y previo a la adjudicación de una
subasta, requerir del peticionario, asesor y del Comité Técnico
Evaluaciones y recomendaciones sobre las ofertas sometidas por
los licitadores.
5.
Tanto el Presidente como el Secretario de la Junta de Subastas
podrán convocar las reuniones que estimen necesarias para
dilucidar los asuntos ante su consideración. Bastará con que se
encuentren presentes tres (3) miembros de la Junta de Subastas
para que constituya válidamente el quórum. Como parte de los
miembros presentes deberán encontrarse el Presidente y el
Secretario.
Reglamento de Subastas y
Solicitud de Propuesta
Página: 15
6.
El Secretario será responsable de velar porque se tomen y se
mantengan las minutas de los acuerdos y decisiones tomadas por
la Junta de Subastas al adjudicar una subasta o al evaluar asuntos
en sus reuniones incluyendo, sin limitarse a, cualquier voto
disidente o explicativo que pueda ser emitido por cualquier
miembro de la Junta de Subastas. Además, el Secretario será
responsable de mantener al día el Libro de Actas y el Libro de
Minutas. El Secretario también se asegurará de que las actas y
minutas de las reuniones que se celebren sean iniciadas y
firmadas por los miembros de la Junta de Subastas que
participaron en las mismas.
7.
La Junta de Subastas podrá, mediante comunicación debidamente
fundamentada, recomendar al Director Ejecutivo la cancelación de
una subasta.
D.
Actas
Toda Acta de la Junta de Subastas deberá ser aprobada por la mayoría
de los miembros presentes, siempre y cuando el quórum hubiere sido
debidamente constituido. Si algún miembro de la Junta de Subastas
disintiera del acuerdo de la mayoría, deberá hacer constar en la reunión y
en el Acta el motivo específico de su disidencia.
E.
Recomendaciones
Toda decisión de recomendación de la Junta de Subastas deberá
mantenerse dentro de un marco de sana administración pública que
proteja los intereses legítimos de la Autoridad y evite la prevaricación,
favoritismo, preferencia o parcialidad indebida hacia cualquier licitador en
la adjudicación de una subasta. La Junta de Subastas recomendará al
Director Ejecutivo la adjudicación de cada subasta, correspondiendo a
éste el aceptarla o rechazarla.
F.
Libro de Minutas de la Junta de Subastas
El original de toda minuta aprobada por la Junta de Subastas deberá ser
custodiado y conservado en un cuaderno independiente que se conocerá
Reglamento de Subastas y
Solicitud de Propuesta
Página: 16
como Libro de Minutas de la Junta de Subastas ("Libro de Minutas"). El
Libro de Minutas será la fuente primaria para dilucidar cualquier
controversia referente a las recomendaciones efectuadas por la Junta de
Subastas.
G.
Libro de Actas
La Junta de Subastas mantendrá el original de toda Acta aprobada en un
Libro de Actas de la Junta de Subastas ("Libro de Actas") que contendrá
los acuerdos tomados durante los procesos de subasta.