Regl. 8981, art. XXV-XXXI

VIGENCIA, DEROGACIÓN Y APROBACIÓN

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Cite as Reglamento Núm. 8981, Art. XXV-XXXI

Este Reglamento entrará en vigencia a partir de los treinta (30) días después de su radicación en el Departamento de Estado de Puerto Rico y deroga el Reglamento de Subastas y Solicitud de Propuesta Núm. 7496, aprobado el 1 de mayo de 2008 y cualquier otra disposición existente sobre esta materia que sea contraria e irreconciliable con lo aquí establecido. Aprobado en San Juan, Puerto Rico, el 23 de mayo de 2017. Lcdo. Omar Marrero Díaz Hon. Carlos M. Contreras Aponte Director Ejecutivo Presidente, Junta de Directores Bay Subsecretario, Junta de Directores
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