Regl. 8989, art. 3.15
Rótulos
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Cite as Reglamento Núm. 8989, Art. 3.15
Todos los rótulos se ajustarán a las disposiciones establecidas en el Reglamento
Conjunto para la Evaluación y Expedición de Permisos Relacionados al Desarrollo y Uso
de Terrenos.
En general, los rótulos que cumplan con todos los requisitos citados, también deberán
estar diseñados en buen gusto y en armonÃa con la zona y el edificio. Los materiales de
los rótulos deberán cumplir con la sección 3.14 de este Reglamento. Materiales
temporeros o inestables estarán prohibidos.