Regl. 8993, art. 3.12 dup2
Confidencialidad de los Procedimientos
Cite as Reglamento Núm. 8993, Art. 3.12 dup2
Durante la etapa de revisión de informes e investigaciones, los avisos de orientación, las órdenes
de mostrar causa y cualquier documento producto del análisis de informes o trabajo investigativo
realizado por los auditores auxiliares, el Director de Auditoría, abogados o cualquier funcionario
en que la Junta delegue, se mantendrán confidenciales. Solo estarán disponibles para ser
inspeccionados por el público general las querellas, determinaciones finales y resoluciones del
Contralor Electoral.
TÍTULO IV -PROCEDIMIENTO DE QUERELLAS