Regl. 8994, art. IV-1.4
Aplicabilidad
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Cite as Reglamento Núm. 8994, Art. IV-1.4
Las disposiciones de este Reglamento serán de aplicación a toda persona, natural o jurÃdica, que
recaude, gaste, contribuya o de alguna forma reciba recaudos o donativos o participe en el
financiamiento de una campaña eleccionaria relacionada con puestos electivos, posiciones
internas dentro de los partidos, fórmulas de status, o alternativas para evaluación y selección de
los electores en un referéndum, plebiscito o consultas que se establezcan a través de legislación
a ese respecto.
Igualmente, en lo pertinente, será de aplicación a toda aquella persona natural o jurÃdica que
preste servicios relacionados con la campaña eleccionaria a aspirantes, candidatos o comités, y
a toda aquella persona a quien se le notifique un Requerimiento o Citación.
La Oficina del Contralor Electoral no tiene jurisdicción para atender asuntos relacionados con la
campaña electoral de los candidatos a comisionado residente, ni alguna otra campaña
reglamentada por la Comisión Federal de Elecciones.