Regl. 8996, art. 2.3
Medidas de seguridad
Cite as Reglamento Núm. 8996, Art. 2.3
La Oficina tomará medidas de seguridad para garantizar la información que el usuario guarde en el
Sistema de Radicación Electrónica de Informes. Asimismo, tomará medidas para asegurar la
integridad de la información provista en los informes. Además, el sistema contará con un registro de
eventos y con un registro de seguridad.