Regl. 8996, art. 7.1
Separabilidad
Cite as Reglamento Núm. 8996, Art. 7.1
Si cualquier palabra, oración, sección, parte, artÃculo o inciso de este Reglamento es declarado
inconstitucional o nulo por un tribunal con jurisdicción, continuarán vigentes sus restantes
disposiciones.