Regl. 8998, art. X-7.1
Radicación electrónica de informes y fechas de radicación
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Cite as Reglamento Núm. 8998, Art. X-7.1
1. Todo comité presentará mensualmente los informes de ingresos y gastos requeridos por la
Sección 3 del ArtÃculo XI de la Ley 7 a través del Sistema de Radicación Electrónica de Informes
en las siguientes fechas:
PERIODO
FECHA DE RADICACIÓN
FEBRERO 2017
20 MARZO 2017
MARZO 2017
20 ABRIL 2017
ABRL 2017
20 MAYO 2017
MAYO 2017
20 JUNIO 2017
JUNIO 2017
20 JULIO 2017
JULIO 2017
20 AGOSTO 2017
AGOSTO 2017
20 SEPTIEMBRE 2017
SEPTIEMBRE 2017
20 OCTUBRE 2017
OCTUBRE 2017
20 NOVIEMBRE 2017
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Disponiéndose que, si algún comité creado para participar en las consultas dispuestas en la
Ley 7 se registra luego de comenzado un mes, este debe presentar un informe de ingresos y
gastos por la totalidad del mes. De igual forma, si el comité realizó gastos o recibió donativos
en un mes o meses anteriores a la fecha de su registro, entonces este también deberá
presentar el informe de ingresos y gastos correspondiente para el mes o los meses en que
incurrió los gastos o recibió los donativos.
En aquellos casos que un comité deba seguir presentando informes ante la OCE luego del mes
de octubre de 2017 en cumplimiento con algún término dispuesto en la Sección 7.1 de este
Reglamento, se dispone que los informes mensuales subsiguientes se presentarán el dÃa 20
del mes siguiente al mes cuyos ingresos y gastos se informan.
Además de los informes de ingresos y gastos, todo comité que reciba un donativo de mil
(1,000) dólares o más luego del último dÃa del mes anterior a celebrarse la consulta y antes
del decimoquinto dÃa del mes en que se celebra la consulta está obligado a informar dicho
donativo a la OCE presentando un informe de donativo tardÃo dentro de un plazo de
veinticuatro (24) horas luego de recibirlo. En dicho informe el comité que recibió el donativo
divulgará su nombre completo, su dirección postal, al igual que el nombre completo del
donante, su dirección postal y su número de identificación. Dicho donativo tardÃo también se
informará en el próximo informe de ingresos y gastos que presente a la OCE. Si el comité
celebra un acto polÃtico colectivo para la recaudación de fondos, entonces debe radicar
electrónicamente una Notificación sobre Acto PolÃtico Colectivo dentro de los veinte (20) dÃas
laborables siguientes a la fecha en que se haya celebrado la actividad en cuestión.
Disponiéndose que a partir del primer dÃa (1ro) del mes en que se celebre la consulta, y hasta
el dÃa treinta (30) de dicho mes, los comités deberán presentar dicha notificación ante la OCE
el dÃa laborable siguiente a la fecha en que se haya celebrado la actividad.
2. Todas las agencias de publicidad que presten servicios publicitarios, productores
independientes y todos los medios de comunicación que presten servicios a los comités
estarán obligados a rendir informes mensuales a la OCE, comenzando con el mes de marzo
de 2017 hasta el último dÃa del mes en que se celebre la última consulta, con expresión de los
costos de los servicios prestados por ellos para anuncios con fines electorales relacionados a
la consulta. Las agencias de publicidad los productores independientes y medios de
comunicación a que se refiere este párrafo vendrán obligados a incluir en dichos informes el
nombre, dirección postal y algún número de identificación de toda persona que sufrague los
costos de producción de la publicidad de los partidos polÃticos, agrupación de ciudadanos y
comités de acción polÃtica, personas y grupos independientes. También, deberán informar
cualquier donativo o contribución en forma de bienes o servicios, tales como vehÃculos,
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estudios, encuestas u otros de cualquier naturaleza, cuyo propósito sea promover el triunfo
o la derrota una formula en la consulta. Dichos informes serán radicados, bajo juramento,
no más tarde del dÃa veinte (20) del mes siguiente a aquél cubierto por el informe. Junto al
informe deberán incluir documentos de apoyo tales como; facturas, copia de cheque,
evidencia del anuncio, contratos y cualquier documento que solicite la OCE.