Regl. 8998, art. X-7.12

Evidencia de la radicación electrónica del informe

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Cite as Reglamento Núm. 8998, Art. X-7.12

Al completarse la juramentación y radicación electrónica del informe ante la OCE, el usuario podrá imprimir o grabar el informe en formato electrónico. La copia del informe incluirá el logo de la OCE, el nombre del usuario, la fecha de radicación y el número del documento radicado.
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