Regl. 8998, art. X-9.5

Responsabilidad por el pago de las Multas Administrativas

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Cite as Reglamento Núm. 8998, Art. X-9.5

La responsabilidad por el pago de las multas administrativas impuestas a un comité, según definido en este Reglamento, recaerá sobre el comité, siendo irrelevante si su presidente, tesorero 0 cualquier otro oficial al momento de la imposición de la multa es una persona diferente a la que presidía al momento de cometerse la infracción o si la multa fue impuesta bajo la incumbencia de un pasado presidente o tesorero. Si el comité no tiene fondos suficientes para el pago de la misma, la responsabilidad recaerá solidariamente sobre el presidente, el tesorero, el fundador y cualquier oficial del comité con responsabilidad, en su carácter personal. 36
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