Regl. 9012, art. 11
Enmiendas
Cite as Reglamento Núm. 9012, Art. 11
A. Este Reglamento podrá ser enmendado cuando sea necesario para mejorar, agilizar
y simplificar los trámites y procedimientos para la evaluación de asuntos relacionados a
Proyecto Estratégico O para conformarlo a la promulgación de nuevas leyes,
reglamentos, circulares y órdenes ejecutivas de aplicación general 0 especÃficas para
dichos proyectos.
B. Toda enmienda a este Reglamento deberá ser aprobada por la Junta de Planificación.
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Reglamento para la Tramitación, Evaluación y Designación de Proyectos Estratégicos