Regl. 9012, art. 5
Comité Ad Hoc
Cite as Reglamento Núm. 9012, Art. 5
El Comité Ad Hoc es creado al amparo de la Ley 19-2017, cuyo fin es determinar cúales
proyectos son estratégicos o para los cuales existe un interés apremiante del Estado.
Dicho Comité está compuesto por el Asesor del Gobernador en Desarrollo e
Infraestructura, quien será su Presidente, el Secretario del Departamento de Desarrollo
Económico y Comercio y el Presidente de la Junta de Planificación.
El referido Comité está adscrito a la Junta de Planificación, quien es la entidad pública
que promulga el presente Reglamento, relacionado a la designación de un Proyecto
Estratégico.