Regl. 9012, art. 5

Comité Ad Hoc

Last amended: 2017Length: 92 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9012, Art. 5

El Comité Ad Hoc es creado al amparo de la Ley 19-2017, cuyo fin es determinar cúales proyectos son estratégicos o para los cuales existe un interés apremiante del Estado. Dicho Comité está compuesto por el Asesor del Gobernador en Desarrollo e Infraestructura, quien será su Presidente, el Secretario del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio y el Presidente de la Junta de Planificación. El referido Comité está adscrito a la Junta de Planificación, quien es la entidad pública que promulga el presente Reglamento, relacionado a la designación de un Proyecto Estratégico.
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