Regl. 9012, art. 6
Proyecto Estratégico
Cite as Reglamento Núm. 9012, Art. 6
Se podrá considerar como Proyecto Estratégico aquellos propuestos por cualquier
persona natural O jurÃdica privada o pública, que sean de gran envergadura O para los
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Reglamento para la Tramitación, Evaluación y Designación de Proyectos Estratégicos
cuales exista un interés apremiante del Estado, ya sea por su naturaleza O impacto en el
desarrollo económico.