Regl. 9018, art. 1-1.04
- Formato de publicación de las Enmiendas al Reglamento 9009.
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Cite as Reglamento Núm. 9018, Art. 1-1.04
El ejercicio eficaz y exitoso de la jurisdicción de la Comisión está Ãntimamente ligado
al establecimiento de un marco regulatorio estable y confiable, que sea accesible y
fácil de examinar y entender. Al adoptar y publicar sus normas y reglamentos, la
Comisión pretende asegurar el mayor grado de claridad y accesibilidad posible,
promoviendo una interacción certera entre la Comisión y las personas y entidades
sujetas a su reglamentación. De esta forma, se provee mayor certeza en cuanto a las
obligaciones, derechos y responsabilidades de cada parte.
El proceso de participación ciudadana dio lugar a un extenso análisis por parte de la
Comisión, cuyo resultado son las enmiendas al Reglamento 9009 que se adoptan y
publican mediante el presente documento. La Comisión determinó que la publicación
separada de las enmiendas podrÃa producir confusión, al forzar a las partes a tener
que examinar múltiples cuerpos reglamentarios para determinar sus derechos,
responsabilidades y obligaciones. En atención a lo anterior, mediante la presente
Enmienda, la Comisión publica la totalidad del contenido del Reglamento 9009, según
enmendado, como producto del procedimiento de participación ciudadana antes
descrito y según dichas enmiendas han sido adoptadas por la Comisión. La Comisión
ha determinado apropiado incluir como parte de la presente Enmienda la totalidad
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de las disposiciones del Reglamento 9009 según enmendadas en ánimo de fomentar
la accesibilidad de las normas reglamentarias al público en general, evitando asà la
necesidad de revisar múltiples textos reglamentarios, y promover la economÃa
procesal y la eficiencia en la examinación de las normas y reglamentos.
Para beneficio del público en general, y en atención a la responsabilidad de la
Comisión de asegurar la transparencia en todos sus procedimientos, la Comisión
incluye como Anejo A de esta Enmienda un resumen detallado de las secciones del
Reglamento 9009 que han sido enmendadas y la naturaleza de la enmienda realizada.
Las disposiciones del Reglamento 9009 enmendadas mediante el presente
documento son las secciones 1.01 a 1.13, 3.07, 3.09, 3.10 y 3.15. Además, se añadió
una nueva sección 1.04, y se reenumeraron las secciones 4.05 y 4.06 como secciones
4.04 y 4.05, respectivamente.