Regl. 1279, art. 212.9c-212.9a

Reglamento General de Seguridad e Higiene Industrial, Cap. VI -- Montacargas de Trabajadores. No incluido en el índice bajo la Ley Núm. 149 de 12 dic, 2005

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212.9b y C. (b) El enchufado de las cuerdas sea tal que pueda desarrollar por lo menos el ochenta (80) por ciento del esfuerzo de rotura de la cuerda más fuerte a usarse con ese sujetador, y (c) Las grapas Tipo U para cuerdas no serán utilizadas como piezas de unión.
Regl. 1279, art. 212.9c-212.9a: Reglamento General de Seguridad e Higiene Industrial, Cap. VI -- Montacargas de Trabajadores. No incluido en el índice bajo la Ley Núm. 149 de 12 dic, 2005 | Justis AI