Regl. 1279, art. 212.9c-212.9a
Reglamento General de Seguridad e Higiene Industrial, Cap. VI -- Montacargas de Trabajadores. No incluido en el Ãndice bajo la Ley Núm. 149 de 12 dic, 2005
Cite as Reglamento Núm. 1279, Art. 212.9c-212.9a
212.9b y C.
(b) El enchufado de las cuerdas sea tal que
pueda desarrollar por lo menos el ochenta
(80) por ciento del esfuerzo de rotura de
la cuerda más fuerte a usarse con ese sujetador, y
(c) Las grapas Tipo U para cuerdas no serán
utilizadas como piezas de unión.