Regl. 3717, art. 3
Se reenumeran los actuales Artículos XI, XII y XIII del
Cite as Reglamento Núm. 3717, Art. 3
referido "Reglamento Para Regir el Mercadeo de Café 0 Productos de Café
en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico" como Artículos XII, XIII y
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en Puerto Rico, según lo requiere la citada Ley Núm. 241, y previa
radicación en la Oficina del Secretario de Estado de Puerto Rico del
original y dos copias de sus versiones en español y en inglés, de
acuerdo con las disposiciones de la Ley Núm. 112, aprobada en
30 de junio de 1957, según enmendada.
Aprobadas en San Juan, Puerto Rico, ella de enero de 1989.
$33.5.
Secretario de Agricultura