Regl. 9021, art. V-5.01 dup2

- Métricas de Desempeño, Objetivos, y Estímulos.

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Cite as Reglamento Núm. 9021, Art. V-5.01 dup2

La Sección 6B de la Ley 83 requiere que el PIR de la Autoridad incluya medidas de desempeño típicamente utilizadas en la industria eléctrica, y dirige a la Autoridad a medir su desempeño al cumplir con los mandatos de la Ley Núm. 57-2014 en términos de la efectividad y la eficiencia en proveer el servicio eléctrico al conducir un análisis comparativo de su desempeño con relación al desempeño de otras utilidades de tamaño similar y comparables. El PIR deberá incluir una narrativa general de las métricas claves de desempeño requeridas por la Comisión y además identificadas en la Sección 6B(h)(iv) de la Ley Núm. 83, su desempeño con relación a dichas métricas y una comparación de sus resultados con aquellos resultados alcanzados por utilidades de tamaño similar y comparables. Además, según descrito en la Sección 2.03(j)(1)(a)(v), el Plan de Acción de la Autoridad deberá incluir una descripción del impacto anticipado de cada acción de recursos en cualquier métrica de desempeño aplicable. Luego de la determinación de la Comisión en el primer PIR, la Comisión dio comienzo a un procedimiento para establecer mecanismos de estímulo para el desempeño (MEDs) que serán de aplicación a la Autoridad. Los MEDs deberán incluir métricas de desempeño, objetivos de desempeño y estímulos específicos de desempeño, para monitorear y guiar áreas clave relacionadas al desempeño de la Autoridad. La Comisión emitirá una Resolución y Orden luego de la conclusión del procedimiento y revisará periódicamente las métricas de desempeño para determinar si se requiere alguna actualización, modificación 0 refinamiento. Así lo acordó la Comisión de Energía de Puerto Rico, en San Juan, Puerto Rico, el 20 de abril de 2018. El documento original en inglés fue firmado por: (firmado) (firmado) Ángel R. Rivera de la Cruz José H. Román Morales Comisionado Asociado Comisionado Asociado Presidente Interino 50 La mayoría de los miembros del Negociado de Energía de Puerto Rico acordaron el 15 de enero de 2019 la traducción al idioma español del documento original aprobado en el idioma inglés el pasado 20 de abril de 2018 en San uan, Puerto Rico. Edison Avilés Deliz Presidente Lillin Matiogentr Ángel R. Rivera de la Cruz Lillian Mateo Santos Comisionado Asociado Comisionada Asociada Ferdinand A. Ramos Soegaard José J. Palou Morales Comisionado Asociado Comisionado Asociado 51
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