Regl. 9022, art. 9

Coordinador

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Cite as Reglamento Núm. 9022, Art. 9

La Oficina pondrá en práctica los métodos necesarios para crear conciencia y dar a conocer la prohibición del hostigamiento sexual en el empleo. A este fin, my la Contralora designa un coordinador en la División de Capital Humano. Las funciones de este coordinador son: a. Facilitar la implantación y cumplimiento de la política pública establecida en este Reglamento. b. Asistir en el desarrollo de gestiones de prevención y asesoría para la divulgación de lo dispuesto en este Reglamento y de educación sobre hostigamiento sexual a todos los niveles de la oficina. C. Promover que la Oficina cumpla con todas las leyes aplicables en este asunto. 25-00-014 d. Comenzar la preparación de los documentos iniciales al momento de la presentación de una querella de hostigamiento sexual en aquellos asuntos que se le asignen. e. Dar seguimiento a los casos de querellas sobre hostigamiento sexual en la Oficina que se le asignen y procurar que se cumpla con este Reglamento. f. Recomendar a la directora de la División de Capital Humano las medidas provisionales cautelares recomendables, según cada situación. Brindar seguimiento de cualquier medida cautelar implantada. g. Cualquier otra función que la directora de la División de Capital Humano o la Contralora le asigne.
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