Regl. 9026, art. 13.2-14
PENALIDAD
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Cite as Reglamento Núm. 9026, Art. 13.2-14
Toda persona que viole las disposiciones contenidas en este Reglamento incurrirá en falta
administrativa y será sancionada con una multa que será de cien (100) dólares por asiento
protector que no cuente con la aludida Certificación.
12 I Página Reglamento de Normas y Procedimientos para Adquirir Certificación De Orientación
sobre la Instalación Adecuada de Asientos Protectores