Regl. 9026, art. 15.5-7

DEFINICIONES

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Cite as Reglamento Núm. 9026, Art. 15.5-7

Los siguientes términos usados en este Reglamento tendrán el significado que a continuación se expresa: a. Anualmente- significará un término de trescientos sesenta y cinco (365) días. b. Asiento Protector significará sistema de protección y seguridad para niños menores de cuatro (4) años de edad mientras viajan en un automóvil. C. Asiento elevador o "booster seat"- significará sistema de protección y seguridad para menores de ocho (8) años hasta que cumplan con los siguientes criterios: tengan un peso entre ochenta (80) a cien (100) libras, tengan una estatura de cuatro (4) pies nueve (9) pulgadas y pasen la prueba de ajuste del cinturón de seguridad. d. Caducidad del Asiento Protector Fecha establecida por el fabricante del asiento protector el cual señala la fecha en que culmina su vida útil. Usualmente, localizado en la parte trasera del asiento protector. e. Certificación Certificación de Orientación sobre Uso e Instalación Adecuada de Asientos Protectores. f. Centro de Inspección Centros de Inspección y Orientación del Uso e Instalación Correcta de los Asientos Protectores para Niños en los Vehículos de Motor creada en virtud de la Ley 225-2003, ubicada en las instalaciones del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico o Comisión para la Seguridad en el Tránsito. 6 I Página Reglamento de Normas y Procedimientos para Adquirir Certificación De Orientación sobre la Instalación Adecuada de Asientos Protectores g. CST Comisión para la Seguridad en el Tránsito creada en virtud de la Ley 33-1972. h. Ley 22-2000 Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico, según enmendada. i. Ley 38-2017- Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico, según enmendada. j. NHTSA National Highway Traffic Safety Administration. k. Niños - Significará cualquier persona de ocho (8) años 0 uno que mida menos de (4) pies nueve (9) pulgadas y entre ochenta (80) y cien (100) libras, hasta que los niños no alcancen esa altura y peso necesitan asientos protectores 0 asientos elevados para contar con protección. 1. Técnico Certificado Empleado activo en funciones para el Gobierno de Puerto Rico 0 Municipal, incluyendo pero sin limitarse a: Cuerpo de Bomberos 0 Técnico Certificado de la Comisión para la Seguridad en el Tránsito, cuya licencia deberá estar vigente.
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